VISTOS: El Recurso Indirecto o incidental de Inconstitucionalidad interpuesto por Mamerto Cortez Ortega (fs
SALA PENAL PRIMERA
Auto Supremo: No. 239
Fecha : Sucre, 26 de abril de 2011
Expediente : Nro. 192/07
Distrito : La Paz
VISTOS: El Recurso Indirecto o incidental de Inconstitucionalidad interpuesto por Mamerto Cortez Ortega (fs.-1342-1347 y vlta.), dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra Mamerto Cortez Ortega, Martha Suárez Tarifa, Rubén Medardo Leonardini Flores, Silvia Delia Mejia León, Fidel Hernán Vuelca Laura, y Policarpio Choque Becerra, por la comisión del delito de Peculado previsto y sancionado por el art. 142 del Código Penal. Los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO: Que, Mamerto Cortez Ortega, en el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad de fs. 1342-1347 y vlta., refiere que interpone el presente recurso contra "las Resoluciones no judiciales como son la Imputación Formal sin número ni fecha y la Acusación de 9 de junio de 2002, todos ellos emitidos por la Fiscalía del Distrito Judicial de La Paz, a través del Fiscal asignado al caso" (sic)
Auto Supremo: No. 239
Fecha : Sucre, 26 de abril de 2011
Expediente : Nro. 192/07
Distrito : La Paz
VISTOS: El Recurso Indirecto o incidental de Inconstitucionalidad interpuesto por Mamerto Cortez Ortega (fs.-1342-1347 y vlta.), dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra Mamerto Cortez Ortega, Martha Suárez Tarifa, Rubén Medardo Leonardini Flores, Silvia Delia Mejia León, Fidel Hernán Vuelca Laura, y Policarpio Choque Becerra, por la comisión del delito de Peculado previsto y sancionado por el art. 142 del Código Penal. Los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO: Que, Mamerto Cortez Ortega, en el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad de fs. 1342-1347 y vlta., refiere que interpone el presente recurso contra "las Resoluciones no judiciales como son la Imputación Formal sin número ni fecha y la Acusación de 9 de junio de 2002, todos ellos emitidos por la Fiscalía del Distrito Judicial de La Paz, a través del Fiscal asignado al caso" (sic)
- VISTOS: El Recurso Indirecto o incidental de Inconstitucionalidad interpuesto por Mamerto Cortez Ortega (fs
- Arguye que se emitieron tales Resoluciones sin considerar su condición de autoridades Municipales electas, que
- Refiere que de ese modo al dictar la Resoluciones impugnadas, se han vulnerado las siguientes
- Señala que la relevancia radica principalmente en el hecho de que son contrarios a los
- Que la Relevancia que tendrán las Resoluciones no judiciales impugnadas en la decisión del proceso
- Con tal argumento pide se admita el presente recurso y se promueva el mismo conforme
- Corrido en traslado, el Ministerio Público requirió por que se rechace el incidente por no
- CONSIDERANDO: Que del análisis de lo obrado se tiene los siguientes hechos
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- CONSIDERANDO: Que del análisis de los hechos señalados precedentemente se tiene las siguientes consideraciones de
- Del contenido de dicha norma se infiere que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- En el caso de autos las resoluciones contra las que recurre el incidentista, no tienen
- de 15 de abril de 2004 y establece que el rechazo de la solicitud para
- En los casos en que durante el periodo de tiempo entre la remisión de la
- Entendimiento que permite que los procesos se sustancien y continúen en su tramitación, hasta dictarse
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
