Auto Supremo AS/0239/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0239/2011

Fecha: 26-Abr-2011

Del contenido de dicha norma se infiere que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad


Del contenido de dicha norma se infiere que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad sólo puede ser promovido contra las resoluciones normativas de carácter general de la que dependa la decisión final y no puede ser promovido contra las actuaciones de los Fiscales en la etapa preliminar, preparatoria o a la finalización de la misma, es decir contra la imputación formal ni contra la acusación formal que emite el Ministerio Público, por mucho que hayan sido emitidas formalmente mediante una Resolución, y ésta no sea una resolución judicial, debido a que la naturaleza de éste recurso previsto en el art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional, dispone que estos recursos proceden contra las Resoluciones normativas de índole general que se aplicarán a tiempo de dictarse la Resolución final. En ese sentido se tienen las Sentencias Constitucionales No. 33/2005, 510/2005 y 245/2006 entre otras