VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo, de fs
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo, de fs. 591 a 593, interpuesto por Víctor Ricardo Soto Cros y Maria Teresa Medrano de Soto, contra el Auto de Vista Nº 426/2006 de fs. 580 a 584, pronunciado el 15 de diciembre de 2006, por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, en el proceso ordinario sobre cumplimiento de contrato, seguido por Víctor Ricardo Soto Cros y Maria Teresa Medrano de Soto, contra Gonzalo Saavedra Calvo y Alina Arciénega de Saavedra, quienes reconvinieron por la resolución de contrato; la respuesta de fs. 595 a 597 vlta., la concesión del recurso de fs. 598; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO: Que, el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de la Capital Sucre, el 12 de octubre de 2006, emitió la Sentencia Nº 441/06 de fs. 559 a 561, por la cual declaró probada la demanda principal y improbada la reconvención sobre resolución de contrato intentada a fs. 24 a 25, sin costas por tratarse de un proceso doble, en consecuencia dispone que al tercero día de ejecutoriada esta resolución, Gonzalo Saavedra Calvo y Alina Arciénega de Saavedra, entreguen a Víctor Ricardo Soto Cros y Maria Teresa Medrano de Soto, el inmueble transferido a estos, sito en la Av. Monseñor de los Santos Taborga, s/n zona San Roque de ésta ciudad, haciéndoles adquirir la propiedad y responder por la evicción y vicios que pueda tener el mismo. Sea bajo conminatoria de ley
- Auto Supremo: Nº 201. Sucre: 31 de Mayo de 2011
- Expediente: Nº 7 - 07 - S
- Distrito: Chuquisaca
- Ministro Relator: Dr. Ángel Irusta Pérez
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo, de fs
- Contra esa Resolución la parte demandada interpuso recurso de apelación de fs
- Contra esa Resolución de alzada la parte demandante interpuso recurso de casación en la forma
- Por lo que pide anular obrados hasta fs
- En su recurso de casación en el fondo, acusan la violación del parag
- Por otra parte acusan la violación de los arts
- Denuncian también la violación del parag
- Como fundamento adicional, acusa la violación del parag
- Con esos argumentos pide casar el fallo recurrido, en su merito declarar subsistente la sentencia
- CONSIDERANDO: Que, analizados los obrados en función a las normas acusadas de violadas, se tiene
- Que, de la revisión del proceso, en especial del memorial de la demanda reconvencional de
- Sobre el recurso de casación en el fondo, y la supuesta violación del parag
- Con relación a la supuesta violación de los arts
- Con relación a la supuesta violación del art
- Por lo expuesto corresponde a este Tribunal Supremo fallar en la forma prevista por los
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo
- Se regula el honorario del abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2011
