Auto Supremo AS/0316/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0316/2011

Fecha: 18-May-2011

VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Faustina Arancibia Almendras, Guillermina Arancibia Almendras, Herminia Porco

SALA PENAL PRIMERA

Auto Supremo: No. 316

Fecha : Sucre, 18 de mayo de 2011

Expediente : Nro. 28/09

Distrito : Cochabamba

VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Faustina Arancibia Almendras, Guillermina Arancibia Almendras, Herminia Porco Paco y Marina Arancibia Almendras de fs. 224-227 y vuelta, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra las nombradas, por la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008). Los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO: Que, Faustina Arancibia Almendras, Guillermina Arancibia Almendras, Herminia Porco Paco y Marina Arancibia Almendras, en su Recurso de Casación de fs. 224-227, arguyen que el Auto de Vista de 17 de diciembre de 2008, si bien aplicó el principio iura novit curia y calificó el ilícito atribuido a sus personas como Transporte de Sustancias Controladas previsto en el art. 55 de la Ley 1008, disminuyendo la pena de 10 a 8 años de presidio a cumplir en el Penal de San Sebastián, no es menos evidente que se les acusa por un delito que no cometieron y que el juicio se llevó a cabo con bastantes irregularidades, conteniendo defectos absolutos no susceptibles de convalidación que dan lugar a la nulidad total del juicio oral, debiendo llevarse a cabo por otro Tribunal