Auto Supremo AS/0174/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0174/2011

Fecha: 06-Jun-2011

En ese contexto, al existir posiciones y documentos contradictorios que no desvirtúan definitivamente la existencia


En ese contexto, al existir posiciones y documentos contradictorios que no desvirtúan definitivamente la existencia o inexistencia de una relación laboral, toda vez que en el expediente que se analiza no existe aún prueba que desvirtué lo alegado por las partes, tal como determinan los arts. 3 inc. h), 66 y 150 del Cód. Proc. Trab., para llegar a formar convicción en el juzgador y emitir un fallo justo y apegado a la ley; en el caso presente, se resolvieron excepciones previas de incompetencia del juzgador e impersonería del demandado, las que fueron rechazadas mediante Auto Nº 619 de 8 de agosto de 2005 (fs. 56-57) y confirmadas por el Auto de Vista Nº 082 de 22 de febrero de 2006 (fs. 86), con el fundamento que la demanda ha sido contestada y en consecuencia la existencia o no de contrato escrito o verbal sería demostrado o desvirtuado por las partes en el término de prueba, y resuelto en sentencia