Acusó la infracción de los artículos 101-b) y 102 del Código de Procedimiento Penal por
Acusó la infracción de los artículos 101-b) y 102 del Código de Procedimiento Penal por considerar que en autos se operó la prescripción de la acción penal, lo que significa que, desde el momento en que se protocolizaron las transferencias, han transcurrido entre siete y nueve años respectivamente, aspecto que no fue valorado por los tribunales de grado. Finalmente, solicitó que se case el Auto de Vista y se emita nueva resolución declarándola absuelta de pena y culpa por el delito de estelionato
- Partes: Cecilio Marca Choque C/ Alejandra Paco Cruz
- Delito: Estelionato
- VISTOS: los recursos de casación presentados por Cecilio Marca Choque el 19 de abril de
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
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- Alejandra Paco Cruz afirmó que por la prueba producida en autos acreditó que su persona
- Acusó la infracción de los artículos 101-b) y 102 del Código de Procedimiento Penal por
- CONSIDERANDO: que así expuestos los fundamentos de los recursos de casación, analizados y contrastados con
- En el caso particular no puede el juzgador soslayar las circunstancias del hecho como las
- En lo que hace al recurso de casación presentado por la procesada Alejandra Paco Cruz,
- En relación al tema de exención de responsabilidad penal quedó plenamente demostrado que la procesada
- En el tema relativo a la prescripción de la acción penal, este instituto constituye una
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
