Auto Supremo AS/0176/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0176/2011

Fecha: 24-Jun-2011

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 473 a 474 y en estricta aplicación del artículo 307 numeral 2) del Código de Procedimiento Penal declara INFUNDADOS los recursos de casación interpuestos por Cecilio Marca Choque y Alejandra Paco Cruz, ambos impugnando el Auto de Vista de 31 de marzo de 2006, emitido por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso penal seguido a querella de Cecilio Marca Choque contra Alejandra Paco Cruz, por el delito de estelionato