Auto Supremo AS/0176/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0176/2011

Fecha: 24-Jun-2011

Alejandra Paco Cruz afirmó que por la prueba producida en autos acreditó que su persona


Alejandra Paco Cruz afirmó que por la prueba producida en autos acreditó que su persona era la única y legítima propietaria de los bienes transferidos; que su ex esposo no tenía ningún derecho adquirido ni expectaticio porque esos bienes fueron adquiridos por ella antes de su matrimonio, y que, además, él tenía conocimiento y estuvo de acuerdo con las transferencias pues jamás reclamó derecho ni acciones sobre los bienes de referencia, presentando su reclamo después de concluido el proceso de divorcio, por lo cual falta uno de los elementos constitutivos de estelionato pues los bienes transferidos son de su propiedad, los mismos que no estaban hipotecados ni gravados conforme demostró durante el juicio. Esos bienes fueron transferidos cuando aún estaba vigente el matrimonio, no habiéndose considerado la exención de la pena prevista por el artículo 359 del Código Penal y artículo 12 del Código de Procedimiento Penal