CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes antecedentes:
1.- El 4 de marzo de 1997 Cecilio Marca Choque formalizó denuncia ante el Ministerio Público contra Alejandra Paco Cruz por el delito de estelionato explicando que ésta, sin consentimiento del actor, vendió bienes inmuebles pertenecientes a ambos por ser gananciales. Ese acto dio lugar al inicio de investigaciones, a cuya conclusión y previo requerimiento fiscal, se dispuso la organización de sumario penal por ese delito contra Alejandra Cruz Paco y Víctor Alcón Paco, hijo de la imputada (fojas 90)
- Partes: Cecilio Marca Choque C/ Alejandra Paco Cruz
- Delito: Estelionato
- VISTOS: los recursos de casación presentados por Cecilio Marca Choque el 19 de abril de
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
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- Alejandra Paco Cruz afirmó que por la prueba producida en autos acreditó que su persona
- Acusó la infracción de los artículos 101-b) y 102 del Código de Procedimiento Penal por
- CONSIDERANDO: que así expuestos los fundamentos de los recursos de casación, analizados y contrastados con
- En el caso particular no puede el juzgador soslayar las circunstancias del hecho como las
- En lo que hace al recurso de casación presentado por la procesada Alejandra Paco Cruz,
- En relación al tema de exención de responsabilidad penal quedó plenamente demostrado que la procesada
- En el tema relativo a la prescripción de la acción penal, este instituto constituye una
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
