Auto Supremo AS/0186/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2011

Fecha: 06-Jun-2011

En el caso específico, el recurrente se ha limitado indicar: "que existió errónea interpretación y


En el caso específico, el recurrente se ha limitado indicar: "que existió errónea interpretación y aplicación de la Ley Nº 843 y el título III de la Ley Nº 1606", acreditándose por tanto que este tribunal se ve imposibilitado de hacer una compulsa adecuada de los antecedentes, por ser, reiteramos sumamente genérica la forma de exposición y argumentación del recurso, sin establecer que norma o artículo en específico se considera erróneamente interpretado o aplicado