Auto Supremo AS/0204/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0204/2011

Fecha: 15-Jun-2011

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5.- Por lo referido, en el marco del art. 253 incs. 1), 2) y 3) del Cód. Pdto Civil, se advierte que el fallo recurrido no contiene violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, porque precisamente sustenta su resolución en la documentación que cursa en el expediente y los informes aprobados por la Contraloría, que en su condición de prueba preconstituida no fueron desvirtuados durante el proceso