Auto Supremo AS/0337/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2011

Fecha: 13-Jun-2011

CONSIDERANDO: que cursa el Auto Supremo Nº 341-bis de 23 de julio de 2010 saliente

SALA PENAL PRIMERA

Auto Supremo: No. 337

Fecha : Sucre, 13 de junio de 2011

Expediente : Nro. 134/08

Distrito : Chuquisaca

VISTOS: el Recurso de Casación de fojas 732 a 748, interpuesto por René Aldo Barrientos Cossio, impugnando el Auto de Vista de fecha 12 de noviembre de 2008, cursante de fojas 689 a 697, y Auto Complementario de 25 de noviembre de 2008, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Aduana Interior Sucre, contra el recurrente y otros, por la comisión de los delitos de falsedad aduanera y contrabando, previstos y sancionado por los artículos 181 sexies, y 181 inciso c), ambos del Código Tributario, sus antecedentes; y,

CONSIDERANDO: que cursa el Auto Supremo Nº 341-bis de 23 de julio de 2010 saliente de fojas 848 a 849, que en su parte resolutiva declara probada la excepción de incompetencia por el delito de contrabando, y dispuso el archivo de obrados por dicho delito, y no así por el delito de "falsedad aduanera", proceso penal por el que debe continuar el trámite hasta su conclusión, y respecto a la extinción de la acción penal por falsedad aduanera dispone "no ha lugar a la extinción". En ese sentido corresponde observar y dar cumplimiento al fallo referido