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    Auto Supremo AS/0337/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0337/2011

    Fecha: 13-Jun-2011

    CONSIDERANDO: que de lo señalado se colige un nuevo escenario jurídico, por lo que sin


    CONSIDERANDO: que de lo señalado se colige un nuevo escenario jurídico, por lo que sin ingresar al análisis del Recurso de Casación formulado, corresponde reencausar el proceso
    • CONSIDERANDO: que cursa el Auto Supremo Nº 341-bis de 23 de julio de 2010 saliente
    • En autos se tiene que el presente proceso fue seguido por los delitos de contrabando
    • CONSIDERANDO: que de lo señalado se colige un nuevo escenario jurídico, por lo que sin
    • Al respecto, se tiene que el debido proceso es un derecho fundamental inspirado en principios
    • En virtud de estas razones el artículo 1º del Código de Procedimiento Penal manda: "nadie
    • DOCTRINA LEGAL APLICABLE
    • Las normas procesales son de orden público y por consiguiente de cumplimiento obligatorio, si en
    • Es necesario precisar que en materia penal el debido proceso, está conformado por el conjunto
    • Por todo lo expuesto, en la especie existe la necesidad de observar normas procesales penales
    • POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
    • Para fines del artículo 420 de la Ley Procesal Penal remítase copias del presente Auto
    • Relatora: Ministra Dra. Ana María Forest Cors
    • egístrese, comuníquese y devuélvase

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