Señaló seis Autos sin especificar si son Autos Supremos o Autos de Vista, por lo
Señaló seis Autos sin especificar si son Autos Supremos o Autos de Vista, por lo que su transcripción resulta innecesaria
- VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Yolanda Soliz de Gutiérrez, (fs
- Que no se tomó en cuenta el art
- Arguye que el Auto de Vista de 01 de junio de 2009, dio por bien
- Continúa refiriendo que el Auto de Vista en el considerando sexto, refirió que la Sentencia
- Señaló seis Autos sin especificar si son Autos Supremos o Autos de Vista, por lo
- Con tales argumentaciones, pide se conceda el Recurso de Casación y se case el Auto
- Que por otra parte, Carlos Ferrufino Torrez, en su Recurso de Casación de fs
- Asimismo invocó el Auto Supremo No
- Arguye que al haber sido absuelto por el Juez del proceso no interpuso el Recurso
- Alega que el Auto de Vista es contradictorio, cuando señala en el sexto considerando que
- Arguye que en el considerando décimo el Auto de Vista, señaló que el Tribunal inferior
- Que el Tribunal de Alzada al haber dictado el Auto de Vista impugnado modificando su
- Señala en ese orden como precedentes contradictorios el Auto Supremo 353 de 7 de noviembre
- Que el Tribunal de alzada al haber revocado la Sentencia absolutoria y pronunciado sentencia condenatoria
- Con tales argumentos pide se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y se
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
- Que, examinados los hechos y antecedentes del caso, se evidencia que el Auto de Vista
- En cuanto al cumplimiento del segundo requisito de admisión, se evidencia que si bien la
- En cuanto al recurrente Carlos Ferrufino Tórrez, se evidencia que el Auto de Vista No
- En cuanto al cumplimiento del segundo requisito de admisión, se evidencia que el recurrente está
- Tomando en cuenta que para la admisibilidad del Recurso de Casación, es necesario exponer en
- Los arts 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, establecen como requisito de admisión
- Más aún cuando el Tribunal de alzada, puede reconducir el razonamiento del fallo con la
- En consecuencia el Recurso de Casación interpuesto por, los recurrentes Yolanda Soliz de Gutiérrez y
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
