Auto Supremo AS/0350/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0350/2011

Fecha: 15-Jun-2011

En consecuencia Tanto la Sentencia como el Auto de Vista recurrido, que confirmó la Sentencia


En consecuencia Tanto la Sentencia como el Auto de Vista recurrido, que confirmó la Sentencia de Primera Instancia, al considerarla que fue dictada de acuerdo a Ley, obraron conforme a lo previsto por los arts. 135, 242, 243 y 290 del Código de Procedimiento Penal de 1972 respectivamente. Por lo que no es evidente la concurrencia de la causal de casación prevista en el art. 298 numeral 4) del mismo cuerpo legal, al no haberse evidenciado infracción de Ley sustantiva alguna