Auto Supremo AS/0219/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0219/2011

Fecha: 05-Jul-2011

Que la perención de instancia, es un medio extraordinario de conclusión del proceso -regulado en


Que la perención de instancia, es un medio extraordinario de conclusión del proceso -regulado en el Código de Procedimiento Civil- y que encuentra fundamento en la inactividad procesal del actor que abandona su proceso sin instar su prosecución por seis meses o más; plazo que se computa desde la última actuación de la parte o del juzgador; en consecuencia, este instituto, tiene como finalidad obligar a los sujetos procesales a realizar el impulso procesal necesario para asegurar la continuidad del proceso y llegar a su conclusión mediante una sentencia