Bajo estas premisas, se evidencia que el despido de la actora obedeció a un proceso
Bajo estas premisas, se evidencia que el despido de la actora obedeció a un proceso administrativo interno, por haber incumplido con en numeral 9 del Manual de Funciones para Cajeros (fs. 55-56), que señala: Registrar todas las operaciones monetarias a través del sistema, emitiendo los comprobantes respaldatorios en el momento en que se realizan éstas", incurriendo en las causales establecidas en el articulo 94 inciso d) y f) del Reglamento Interno de la Institución fs. 109-118) que establecen: inciso d) "Cambiar, alterar o destruir documentos en perjuicio del Banco y f) "El incumplimiento total o parcial del contrato de trabajo, según el art. 9 del Reglamento de la Ley General del Trabajo., e incumpliendo con la cláusula cuarta del contrato de trabajo de fs. 3-6, enmarcado con esta actitud su conducta en los artículos 16 inciso e) de la L.G.T. y 9 de su D.R., referentes a las causales de despido justificado que determinan que no habrá lugar a desahucio ni indemnización por: inciso e) "Incumplimiento total o parcial del contrato de trabajo o del reglamento interno de la empresa"
- En grado de apelación formulada por el representante del Banco Mercantil Santa Cruz S
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- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde su análisis y consideración en
- Tampoco puede perderse de vista que la aplicación de dicho principio debe ser relativo y
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- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante Mi: Sandra M. Mendivil Bejarano
- Suplencia Legal
