Concluye refiriendo que interpone recurso de nulidad a fin de que la "Corte Suprema de
Que, el vocal que se nombra no habría hecho nada, ni revisado el proceso, ya que se hallaría facultado por el art. 252 del Adjetivo Civil y Art. 17 de la L.O.J. de fecha 24 de junio de 2010 de oficio de revisar el proceso.
Concluye refiriendo que interpone recurso de nulidad a fin de que la "Corte Suprema de Justicia de la Nación" anule obrados hasta el vicio más antiguo
Concluye refiriendo que interpone recurso de nulidad a fin de que la "Corte Suprema de Justicia de la Nación" anule obrados hasta el vicio más antiguo
- Auto Supremo: 378/2012
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Recurrida la Sentencia mediante apelación por Baltazar Machicado Quispe por memorial de fs
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que, violentando el art
- Que, revisado el fallo se establecería una relación histórica y repetida de los pormenores de
- Concluye refiriendo que interpone recurso de nulidad a fin de que la "Corte Suprema de
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De los fundamentos anteriormente expuestos, se infiere que el plazo para la interposición del recurso
- En el caso de Autos se evidencia lo siguiente
- A fs
- Con ese antecedente se constata que antes de ingresar a la vacación judicial, desde la
- El anterior razonamiento e interpretación fue recogido por el Tribunal Constitucional Plurinacional en diversas Sentencia
- Por los fundamentos expuestos, corresponde a éste Tribunal Supremo fallar en aplicación de los artículos
- Al margen de lo anterior, a fin de tener la coherencia pertinente, ante lo que
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Apercibiéndose a los miembros del Tribunal Ad quem a fin de dar cumplimiento a lo
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- RELATOR: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani
