Auto Supremo AS/0288/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0288/2012

Fecha: 28-Nov-2012

Al respecto, no obstante que los arts

Al respecto, no obstante que los arts. 10 a 12 de la Ley Nº 1760 previenen el procedimiento incidental sobre la recusación, el trámite y resolución, se aclara que la recusación no suspende la competencia de los magistrados recusados, quienes pueden proseguir el trámite del proceso hasta el estado de pronunciar nueva resolución, conforme previene el art. 10. V de la citada norma, incluso los actos procesales cumplidos serán válidos aún cuando fuere declarada la separación