Auto Supremo AS/0296/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0296/2012

Fecha: 20-Nov-2012

Cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 152 de 2 de febrero de 2007, que

La Resolución que resuelve el recurso de apelación restringida debe pronunciarse de manera fundada expresa y específica sobre todos y cada uno de los puntos observados en el recurso, de lo contrario se incurre en flagrante contravención al principio de legalidad y al debido proceso, constituyendo un defecto absoluto.
Cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 152 de 2 de febrero de 2007, que establece la obligación de que los puntos apelados deben identificarse y describirse, actividad que sirve para expresar los fundamentos de la resolución; también cita como precedentes las Sentencias Constitucionales 0753/2003-R de 4 de junio y 099/2003-R de 16 de julio