Auto Supremo AS/0329/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2012

Fecha: 14-Nov-2012

Luego de señalar que en apelación denunció defectos de la sentencia al estar basada en

Luego de señalar que en apelación denunció defectos de la sentencia al estar basada en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba, defecto previsto en el art. 370 inc. 6) del Código de Procedimiento Penal, concluye señalando que resulta ilógica la sentencia absolutoria y cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos: 412/2006, 512/2007, 444/2005, 51/2008, 009/2012, 008/2012 y 914/2012 sosteniendo que la falta de motivación de la sentencia "objeto de impugnación"(sic), vulnera el principio del debido proceso por lo que corresponde: "...hacer viable y permisible la previsión legal contenida en el art. 413 del Código de Procedimiento Penal, es decir, mediante Auto de Vista anularse la sentencia..." (sic). Más adelante prosigue solicitando admitir el "recurso de apelación restringida" interpuesto