También, señaló que la Juez de primera instancia concluyó acertadamente que la causal de retiro
También, señaló que la Juez de primera instancia concluyó acertadamente que la causal de retiro fue por incumplimiento de contrato, al respecto la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz considera como delito el incumplimiento de deberes, por tanto a la judicatura laboral le corresponde sancionar este hecho, conforme lo establecido en el artículo 16. e) de la Ley General del Trabajo y 9. e) de su Decreto Reglamentario
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- También, señaló que la Juez de primera instancia concluyó acertadamente que la causal de retiro
- De otro lado, reclamó que al disponerse el pago de vacaciones, no se consideró la
- Acusó además que se condenó arbitrariamente la actualización de la multa del 30% establecido mediante
- CONSIDERANDO II: No obstante que el recurso denota una falta de técnica jurídica y cumplimiento
- Es importante aclarar que lo referido por la parte recurrente en sentido que el incumplimiento
- Al respecto, la certificación cursante a fs
- Respecto a la actualización de la multa del 30% que se dispuso en la parte
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- Según convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Pastor S. Mamani Villca
- Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubín de Celis
- Secretario de Cámara de Sala Social y Adm
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