Auto Supremo AS/0446/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0446/2012

Fecha: 30-Nov-2012

En el fondo

En el fondo:
Acusó error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba, al respecto manifestó que el Tribunal Ad quem reconoció que el certificado de fs. 13 otorgado por la Presidenta del la OTB del barrio "Los Naranjos" acreditó que la demandante es vecina del nombrado barrio y que vive desde muchos años atrás en la calle Bolívar esquina Camiri de la ciudad de Monteagudo, igualmente reconoció que las declaraciones de los testigos de cargo manifestaron que la demandante vive con sus hijos en la calle indicada, aunque en realidad las referidas declaraciones habrían manifestado, de manera contundente, que les consta que la actora vive y se encuentra en posesión pacífica, pública, continuada e ininterrumpida por más de veinte años y que es reconocida como propietaria o dueña del lote en litigio. Al respecto manifestó que sin ningún sustento ni explicación coherente se negó el valor probatorio a tales declaraciones, porque no se fundamentó en mérito a qué prueba se desconoció su posesión continuada, pública, pacífica e ininterrumpida, aspecto que derivaría además en la violación del art. 138 del Código Civil que determina que la propiedad de un inmueble se adquiere por la sola posesión continuada durante diez años