Auto Supremo AS/0453/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0453/2012

Fecha: 19-Nov-2012

Asimismo, con la multa referida en el punto 10 de la Sentencia, se vulneró su

Asimismo, con la multa referida en el punto 10 de la Sentencia, se vulneró su derecho a celebrar contratos verbales, habiéndose omitido la valoración del último convenio salarial homologado por el Ministerio de Trabajo, en ese entendido se consideró la prueba cursante a fs. 32-35 consistentes en la Resolución Administrativa Nº 255/05 (homologación del convenio salarial entre su empresa y la actora), convenio obrero-patronal, solicitud de homologación del convenio y boleta de pago de homologación emitida por el Ministerio de Trabajo, las que evidenciaron que su empresa cumplió con dichos requisitos, y del que además advirtió que la data de dichas solicitudes coincide con la fecha de la demanda interpuesta por la actora, en ese entendido no corresponde la multa que se estableció en el monto de Bs.- 1000 (un mil bolivianos 00/100)