Dicha Resolución motivó que la empresa demandada a través de su representante formule recurso de
Dicha Resolución motivó que la empresa demandada a través de su representante formule recurso de casación en el fondo (fs. 143-144) contra el Auto de Vista Nº 137/2012 SSA-I de 15 de junio de 2012 (fs. 140), señalando que el Juez tiene la obligación de apreciar y valorar las pruebas esenciales decisivas, aspecto que en el presente caso no se dio lo que conduce a la violación perceptiva y que los actos procesales que son motivo de nulidades las partes están en la obligación de velar por que el proceso se desenvuelva sin errores y vicios, contándose con instrumentos jurídicos como ser el recurso de casación para su anulación del Auto de Vista, más aun cuando se demostró la existencia de errores materiales substanciales o de contenido que son aquellos que adolecen de un vicio de nulidad absoluta que por su gravedad afectan a la validez del acto y la decisión en sí misma, no pudiendo ser subsanados ni convalidados menos considerados observaciones de forma, pues en el recurso de apelación se denunció expresamente cuales fueron las vulneraciones expresas y considerando además que las controversias deben ser resueltas respetándose todas las garantías que sean necesarias para asegurar la equidad y rectitud del proceso, garantías que por lo manifestado en la especie no fueron respetadas por lo que puede considerarse como vulnerado en el presente caso cuando no se ha permitido asumir defensa efectiva que vele por sus intereses y derechos
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- En cumplimiento de lo previsto en el artículo 17
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
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