Auto Supremo AS/0472/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0472/2012

Fecha: 20-Nov-2012

EN EL FONDO

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 156-158, interpuesto por Elvio Medardo Céspedes Ortiz en representación legal de la Caja de Salud de Caminos Regional Trinidad y Ramas Anexas, en el que acusa:
EN EL FONDO:
1.- Que tanto el a quo como el ad-quem incurrieron en error de hecho y derecho en la apreciación de pruebas, haciendo a un lado las pruebas de descargo de fs. 43-62 y 73-100; contratos de compra de servicios profesionales que demuestran que la relación contractual es meramente civil y no laboral; que son expresas y claras con referencia a los arts. 519 y 732 del C.P.C.
2.- Que, el ad-quem, establece la primacía de la C.P.E. sobre cualquier otra ley y se arrima a la primacía de la realidad, sin precisar el artículo en el que se encuentra previsto dicho principio y tampoco señala la doctrina legal aplicable, vulnerando de esta manera los artículos 180 inc. 1) de la C.P.E. con relación al principio de la verdad material y el art. 202 inc. a) del C.P.T., en cuanto a la falta de razones y fundamentos y citación de normas legales y razones doctrinales que se consideren aplicables