Auto Supremo AS/0318/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2012

Fecha: 04-Dic-2012

II

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
II.1. Jorge Morales Encinas, textualmente señala: "Los precedentes invocados a tiempo de interponer el recurso de apelación restringida cabalmente guardan relación en su doctrina legal aplicable con la participación criminal y en función a la misma la determinación del quantum de la pena y la contradicción con el auto de vista que se recurre se encuentra dada o expresada en que la circunstancias modificativas de la responsabilidad penal debía haber incidido en que la sentencia debió ser modificada sin necesidad del reenvío del juicio en lo referente a la cuantía de la pena conforme los Arts. 413 último párrafo y 414 del Código de Procedimiento Penal, no siendo necesario la realización de un nuevo juicio ya que se podía resolver directamente en este sentido, tomando en cuenta dichas circunstancias modificativas al tenor de los Arts. 37, 38, 39 y 40 del Código Penal, respecto a las circunstancias modificativas a la responsabilidad penal en lo concerniente a la existencia de agravantes con su incidencia en el quantum de la pena, por lo que la sanción penal privativa de libertad, es decir la pena de reclusión, debió ser por el máximo de la pena de 8 años" (sic)