Auto Supremo AS/0385/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0385/2012

Fecha: 13-Dic-2012

Conforme a los artículos 13, 19, 20, 44 y 57 de la Ley General del


Conforme a los artículos 13, 19, 20, 44 y 57 de la Ley General del Trabajo, artículos 33 y 48 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo, y la del 18 de diciembre de 1994, artículo 162, Parágrafo II de la Constitución Política del Estado; artículos 200, 201, 202 del Código Procesal del Trabajo por la irrenunciabilidad de los derechos del trabajador demandante ordeno a la EMPRESA AGROGENÉTICA LA UNIÓN LTDA. representada por el señor LUIS GUILLERMO GUTIERREZ FLEIG, pague a tercero día, a favor de su ex trabajador EFREN BANEGAS BALCAZAR, el monto referido equivalente a sus Beneficios Sociales siguientes:

INDEMNIZACIÓN: Por 5 años (Bs.12.562) Bs. 62.810,00

AGUINALDO: Por 8 meses Bs.... 8.374,66

Por 28 días Bs....... 977,04

VACACIONES: Por 14 días pendientes Bs. 5.862,26

PRIMA: Por una gestión completa Bs. 12.562,00

SUB TOTAL Bs. 90.585,96

MENOS RECIBIDO A CUENTA: finiquito fs.34 Bs. 10.374,71

TOTAL Bs. 80.211,25

SON: OCHENTA MIL DOSCIENTOS ONCE CON 25/100 BOLIVIANOS (Bs.80.211, 25) y en caso contrario con las actualizaciones y reajustes dispuestos por el Decreto Supremo Nº 23381 del 29 de diciembre de 1992