Respalda su solicitud en el artículo 254 incisos 4 y 7, cuestionando la admisión de
Respalda su solicitud en el artículo 254 incisos 4 y 7, cuestionando la admisión de la demanda y el Dictamen del Ministerio Público, que contraviene la Ley del Ministerio Público, Ley Nº 2175
- Asimismo, ordena que el monto total de la liquidación sea indexado conforme señala el Decreto
- Que, contra el referido fallo la institución demandada interpone recurso de apelación y tramitada que
- Refiere como antecedentes de hecho y derecho para justificar el recurso de casación, manifestando que
- Arguye, que no se realizó la notificación personal ni por cédula, aspectos que fueron observados
- RECURSO EN EL FONDO
- RECURSO EN LA FORMA
- Respalda su solicitud en el artículo 254 incisos 4 y 7, cuestionando la admisión de
- Reitera la observación sobre las notificaciones y actuados de fojas 21 vuelta, arguyendo que contiene
- Amerita recapitular que, la naturaleza del recurso de casación radica, en que es una demanda
- En mérito a lo relacionado precedentemente y ajustados los mismos al caso concreto, de la
- En cuanto al aviso judicial de fojas 14 y la representación de fojas 15 de
- En cuanto a la aseveración de que no se cumplieron con las formalidades establecidas en
- Por todo lo precedentemente detallado y esgrimido del recurso interpuesto, este Alto Tribunal de Justicia
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
