Auto Supremo AS/0414/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0414/2012

Fecha: 20-Dic-2012

En cuanto a la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley y falta de


En cuanto a la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley y falta de valoración de la prueba, cabe aclarar que el Tribunal Ad quem ha obrado recurriendo a los principios que rigen en esta materia especializada, como el de protección del trabajador y de irrenunciabilidad de los derechos laborales. En ese sentido, de la revisión de obrados se estableció que la actora prestó servicios en la tienda denominada El Arcángel Multiservicios de propiedad de Jorge Eduardo Arce Moya desde el 20 de mayo de 2002 hasta 20 de enero de 2006, este trabajo conllevó desgaste humano que origina el pago de derechos irrenunciables y que fueron reconocidos correctamente por los de instancia. Por otro lado, el recurrente no ha desvirtuado oportuna y correctamente con los mecanismos que la ley le faculta las pruebas presentadas por la actora. De esto se infiere que el demandado, no puede sostener en su recurso la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, la falta de valoración de la prueba, ya que en la especie, teniendo en consideración los principios de primacía de la realidad y de inversión de la prueba que rigen en el Derecho del Trabajo, sus alegaciones no estuvieron acompañadas con prueba para demostrar los hechos que contradijo a tiempo de contestar la demanda, los juzgadores formaron su convicción en el marco de lo dispuesto por los artículos 3 inciso j), 158 y 159 del Código Procesal del Trabajo