Auto Supremo AS/0462/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0462/2012

Fecha: 03-Dic-2012

El segundo aspecto a considerar, es el hecho de que ante una Resolución anulatoria de

El segundo aspecto a considerar, es el hecho de que ante una Resolución anulatoria de obrados en Auto de Vista no procede recurso de casación en el fondo, dado que la naturaleza de la Resolución de alzada, al ser anulatoria de obrados como es lógico no ha entrado a considerar ni se ha pronunciado respecto al fondo del litigio, consecuentemente contra esa Resolución no procede el recurso de casación en el fondo, sino simplemente en la forma conforme se ha establecido por este Tribunal Supremo en varios Autos Supremos entre los que mencionamos el A.S. No. 73/2012 de 12 de abril de 2012