Auto Supremo AS/0462/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0462/2012

Fecha: 03-Dic-2012

Refiriéndonos al recurso de casación en la forma, en ese sentido, de la consideración de

Refiriéndonos al recurso de casación en la forma, en ese sentido, de la consideración de los razonamientos expuestos con relación a este recurso, el reclamo que habría vulneración de los principios procesales de imparcialidad, debido proceso y defensa que pretende se enmarque dentro de lo establecido por el art. 254 numeral 4) del Código de Procedimiento Civil, no tiene sustento, mas que la mención de que ello hubiera sucedido, no cumpliendo con los requisitos fundamentales que se ha explicado de principio para su consideración y procedencia, es decir, errores de procedimiento que hubieren violado las formas esenciales del proceso sancionadas con nulidad por la ley, cumpliendo estrictamente con lo establecido por el artículo 258 num. 2) del Código de Procedimiento Civil; es decir, citar en términos claros, concretos y precisos la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error