Auto Supremo AS/0462/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0462/2012

Fecha: 03-Dic-2012

Que, la acción intentada fue realizada contra personas naturales desde principio y eso constaría de

Que, habría errada apreciación de los hechos al darse tratamiento de incidentes cuando de la lectura de los memoriales se establecería que no tienen esa calidad, por lo que habría confusión y falta de sindéresis jurídica, que esta violación, apreciación y aplicación errada de la ley debiera ser tomada en cuenta por el tribunal de casación.
Que, la acción intentada fue realizada contra personas naturales desde principio y eso constaría de la demanda y los datos insertos, por lo que al tenor de lo que dispone el art. 50 del Código de Procedimiento Civil las partes esenciales fueran, el Juez, los demandados y el demandante, con ese criterio nunca se habría demandado a institución alguna sino a personas naturales, por lo que sería innecesaria la aplicación del inc. 4 del art. 327