En el recurso de casación presentado en la forma, el recurrente manifiesta que se ha
En el recurso de casación presentado en la forma, el recurrente manifiesta que se ha violado el art. 1446 y 1317 del Código Civil y arts. 190 y 447 del Código de Procedimiento Civil, pasando a relatar como antecedente que ha cumplido con los requisitos exigidos por el art. 1446 de la norma citada, ratificando además que lo mencionado ha sido expuesto en el memorial de apelación; sin embargo de ello no precisa de manera clara cuál la causal del art. 254 Código de Procedimiento Civil en la que motiva su recurso de casación en la forma, mucho menos cumple con la previsión contenida en el art. 258 inc. 2) de la misma norma porque no expone en términos concretos los motivos por los cuales el Tribunal de Segunda instancia ha incurrido en algún motivo de nulidad, menos señala ni demuestra cómo es que se ha violado la normativa
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Por lo que en conocimiento de la determinación del Ad quem, el demandante interpuso recurso
- En la forma
- En el fondo
- Por lo anterior solicita que se anule obrados con relación al recurso de casación en
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Manifestado lo anterior, diremos que conforme la jurisprudencia sentada por la ex Corte Suprema de
- Es así que cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, esto por
- En el recurso de casación presentado en la forma, el recurrente manifiesta que se ha
- Lo propio sucede cuando recurre en el fondo, si bien señala las causales de casación
- Por lo anteriormente mencionado, al ser el recurso de casación uno de carácter formal, el
- Por lo anteriormente descrito, corresponde al Tribunal Supremo resolver de la forma prevista en los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
