CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo así
CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo así como los fundamentos de la respuesta de la demandante, corresponde resolver el mismo en base a los hechos denunciados y la normativa invocada conforme sigue:
El Tribunal Supremo de Justicia a través de la uniforme jurisprudencia ha establecido que; "El recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho, por cuanto los fines de la casación, en términos generales, estriban en resolver una controversia entre el tribunal de apelación y la ley, dicho de otro modo, entre la ley y su infractor, lo que le otorga una característica distinta a la controversia abordada por los de instancia, que más bien tienen relación con los hechos, incluido el tribunal de apelación a quien se le faculta juzgar los hechos ex novo, de tal modo que aún en esa instancia es posible acreditar nueva prueba no conocida por el juzgador de primer grado, previo cumplimiento, claro está, de las formas procesales, lo que no ocurre en casación (...)";(AS Nº 10/2012 de 10 de febrero), en ese marco legal el Tribunal de Casación debe circunscribirse a analizar si el Tribunal ad quem, infringió o aplicó erróneamente la ley; sin embargo, para que el máximo Tribunal de la jurisdicción ordinaria realice dicho análisis, el recurrente debe cumplir con los requisitos que establece el art. 258 del CPC, aplicable en materia laboral, por mandato del art. 252 del CPT
El Tribunal Supremo de Justicia a través de la uniforme jurisprudencia ha establecido que; "El recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho, por cuanto los fines de la casación, en términos generales, estriban en resolver una controversia entre el tribunal de apelación y la ley, dicho de otro modo, entre la ley y su infractor, lo que le otorga una característica distinta a la controversia abordada por los de instancia, que más bien tienen relación con los hechos, incluido el tribunal de apelación a quien se le faculta juzgar los hechos ex novo, de tal modo que aún en esa instancia es posible acreditar nueva prueba no conocida por el juzgador de primer grado, previo cumplimiento, claro está, de las formas procesales, lo que no ocurre en casación (...)";(AS Nº 10/2012 de 10 de febrero), en ese marco legal el Tribunal de Casación debe circunscribirse a analizar si el Tribunal ad quem, infringió o aplicó erróneamente la ley; sin embargo, para que el máximo Tribunal de la jurisdicción ordinaria realice dicho análisis, el recurrente debe cumplir con los requisitos que establece el art. 258 del CPC, aplicable en materia laboral, por mandato del art. 252 del CPT
- Resolución que dio lugar a que la Universidad demandada a través de su representante legal,
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo así
- En ese marco el recurso de Casación puede ser interpuesto en el fondo y en
- A contrario sensu, se debe entender que las denuncias relacionadas con las formas esenciales del
- En ese marco legal, al momento de interponer un recurso de casación, las partes deben
- 2) Cuando contuviere disposiciones contradictorias
- 3) Cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error de derecho
- Del análisis de los artículos citados precedentemente, se establece que el recurrente debe señalar de
- En el caso de autos el recurrente se limita a señalar que es de aplicación
- En mérito a lo expuesto, es evidente que el recurrente no ha cumplido con el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
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