Auto Supremo AS/0517/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2012

Fecha: 14-Dic-2012

La referida en la infracción del art

La referida en la infracción del art. 327 inc. 9) del Código de Procedimiento Civil, es referente a la petición de una demanda, que en todo caso su incumplimiento debe ser objetado mediante una excepción previa de contradicción y/o imprecisión en la demanda, no a esta altura del proceso, la recurrente trata de confundir la vulneración de dicha norma al caso de que el Tribunal de alzada, en el Auto de Vista hubiera sostenido que ninguno de los informen aludirían si el demandado fuera capaz para celebrar contratos y contraer obligaciones, norma inatinente como para evaluar el razonamiento del Auto de Vista