Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0519/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0519/2012

    Fecha: 14-Dic-2012

    En virtud a lo previsto en el art

    En virtud a lo previsto en el art. 17 parágrafo IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura a los fines consiguientes de Ley
    • Que, tramitada la causa, el Juez 7º de Partido en lo Civil y Comercial de
    • Apelada la Sentencia por Jorge Málaga Fernández, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de
    • DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • También señala que, pese a la contundencia de los fundamentos y pruebas de descargo presentadas,
    • Que, en función a los fundamentos expuestos del recurso de casación en la forma, corresponde
    • La administración de justicia o actividad jurisdiccional tiene por finalidad prevenir, solucionar o dirimir conflictos,
    • Algunos autores prefieren emplear el calificativo de recursos, como aquel medio de impugnación que nos
    • En su Manual de Derecho Procesal el Dr
    • La impugnación o apelación de fallos judiciales es una garantía judicial que da paso a
    • En el caso de Autos, se verifica que el recurso de apelación presentado por Jorge
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Al no ser excusable, se impone multa de un día de haber a ser descontable
    • En virtud a lo previsto en el art
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca