Auto Supremo AS/0525/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0525/2012

Fecha: 14-Dic-2012

En otras legislaciones, como la Colombiana, por ejemplo, la capacidad penal ha sido fijada a

En otras legislaciones, como la Colombiana, por ejemplo, la capacidad penal ha sido fijada a los catorce años, sin embargo los delitos cometidos por adolescentes comprendidos entre los catorce y dieciocho años, no se remiten a las normas ordinarias, como sucede en nuestro Estado, sino a un sistema de responsabilidad penal propio, en efecto el sistema de responsabilidad penal para adolescentes, según el art. 139 del Código de la Infancia y la Adolescencia, es el conjunto de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por personas que tengan entre catorce (14) y dieciocho (18) años al momento de cometer el hecho punible. Sin embargo dentro de ese sistema de responsabilidad penal, tanto el proceso como las medidas que se tomen son de carácter pedagógico, específico y diferenciado respecto del sistema de adultos