Auto Supremo AS/0527/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0527/2012

Fecha: 14-Dic-2012

Con relación a la supuesta violación de los artículos 219, 227 y 236 con referencia

Con relación a la supuesta violación de los artículos 219, 227 y 236 con referencia a los artículos 190 y 192 inc. 3) del Código de Procedimiento Civil, porque no se han considerado en el Auto de Vista todos los puntos resueltos por el inferior y que han sido apelados, además de la falta de motivación y fundamentación legal en la parte dispositiva del Auto recurrido, debemos señalar que conforme dispone el artículo236 del Código de Procedimiento Civil (Pertinencia de la Resolución), "... El Auto de Vista debe circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de la apelación y fundamentación a que se refiere el artículo 227, excepto en la parte final del artículo 343". En ese entendido y de la revisión del recurso de apelación interpuesto por Mutual "La Primera" que cursa afs. 610 a 612 vlta. se advierte que el mismo no es sino una mera exposición airada de hechos y datos, carentes de sustento jurídico que no son sino expresiones y argumentos generales de descontento y la manifiesta negativa a asumir la restitución a favor de los demandantes, del dinero recibido por el pago indebido realizado después del fallecimiento de Haydee Pabón Vázquez; de lo que se infiere que por el desorden e imprecisión de las ideas que contiene, las violaciones acusadas al Tribunal de Alzada respecto a la violación de los artículos 219, 227 y 236 del Código de Procedimiento Civil con relación a la aplicación de los artículo 190 y 192 inc.3), al no haber sido debidamente identificadas y justificadas, resulta infundada