En grado de apelación interpuesta por la parte demandada a fs
En grado de apelación interpuesta por la parte demandada a fs. 139-140 como por la demandante fs. 216-217, mediante Auto de Vista Nº 085/2012-SSA-I de 30 de marzo de 2012 (fs. 242-243), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó la Sentencia Nº 033/10 de fecha 24 de marzo de 2010 cursante a fs. 142 de obrados. Sin costas por ser ambas partes recurrentes
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral por cobro de sueldos devengados y beneficios sociales,
- En grado de apelación interpuesta por la parte demandada a fs
- Manifestó también respecto a la conminatoria que supuestamente no hubiese sido cumplida, que dicha afirmación
- Señalo además que en cuanto a las pruebas de fs
- Acusó también que el Auto de Vista en su parte pertinente estableció solamente el adeudo
- En este contexto, en el caso objeto de análisis, se visualiza que la parte recurrente
- Al respecto, cabe puntualizar que la compulsa del elenco probatorio debe efectuarse de forma conjunta,
- Ahora bien respecto a que las literales de fs
- En consecuencia, por los fundamentos expuestos corresponde resolver el recurso conforme a la previsión de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Sin costas en aplicación del artículo 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
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