Además alega que, existe violación de la garantía al debido proceso, a la legalidad y
Además alega que, existe violación de la garantía al debido proceso, a la legalidad y a la seguridad jurídica, destacando que lo más importante es que tal defecto es absoluto y que a su vez fue oportunamente reclamado, lo cual indica que consta mediante acta de audiencia de fs. 445. Es más, acusa que en los Autos Supremos Nros. 272 de 4 de mayo de 2009 y 434 de 4 de agosto de 2009 se tiene que los Tribunales de Alzada tienen la labor de revisión minuciosa de los antecedentes del proceso y de verificación si se observó el cumplimiento de las normas que regulan la tramitación , advirtiendo defectos absolutos y corrigiéndolos, aún de oficio, inclusive si los mismos no fueren oportunamente invocados
- CONSIDERANDO: Que el recurrente al interponer el enunciado recurso de casación contra del Auto de
- Contrariamente a ello, el Auto de Vista recurrido señala que con relación a la exclusión
- Por ello, acusa que al señalar que el Tribunal del Alzada no esta facultado para
- Además alega que, existe violación de la garantía al debido proceso, a la legalidad y
- CONSIDERANDO: Para la admisibilidad del recurso de casación, resulta menester observar y cumplir con los
- Por lo que, considerando que sólo el primer Auto Supremo arriba referido y ahora invocado
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Regístrese y notifíquese
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