Auto Supremo AS/0069/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0069/2012

Fecha: 10-Abr-2012

Por ello, acusa que al señalar que el Tribunal del Alzada no esta facultado para

Por ello, acusa que al señalar que el Tribunal del Alzada no esta facultado para revalorizar las pruebas, ni revisar cuestiones de hecho siendo ésta atribución exclusiva del Tribunal del Sentencia, se pregunta el recurrente, ¿ante quién debo acudir por las violaciones a mis derechos constitucionales, si no me está permitido recurrir?; por lo que, acusa que la resolución emitida no cumple con la línea jurisprudencial señalada en el Auto Supremo Nro. 093/2011 y añade que se está violentando el principio de impugnación previsto en el art. 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado