Auto Supremo AS/0059/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0059/2012

Fecha: 21-May-2012

II


II.- En el recurso de casación en el fondo, denuncia que, tanto el juez a quo como el tribunal ad quem, han efectuado una interpretación errónea de las reglas de la nulidad y simulación y de los terceros perjudicados que son los demandantes, porque ellos nunca formaron parte del contrato simulado anulado y menos de los contradocumentos y que ellos fueron los que plantearon la demanda de nulidad con el resultado positivo contenido en la sentencia 20 de febrero de 1998; señala que los antecedentes del proceso ordinario de nulidad del contrato fraguado cursantes de fojas 1 a 63, no han sido debidamente valorados por los jueces de instancia incurriendo en error de hecho y de derecho; denuncia que los jueces de instancia tampoco han valorado la colusión existente entre el acreedor ejecutante con la adjudicataria con el fin de perjudicar su legítimo derecho sobre el bien inmueble en cuestión; señala que el tribunal de alzada, ha efectuado una interpretación errónea y aplicación indebida de los artículos 543, 544, 545, 549 inciso 3) y 1485 del Código Civil; acusa que el tribunal de apelación no sólo ingresa en contradicciones, sino que se limita a efectuar una toma de razón de lo decidido en primera instancia, obviando la debida fundamentación del decisorio y el cumplimiento del principio de razón suficiente que impone los artículos 1 y 236 del Código de Procedimiento Civil, violando el principio de igualdad y debido proceso al haberse pronunciado sobre aspectos no demandados y no dar respuesta a la demanda principal en franca violación de los artículos 549 - 9), 551,552, 1283 - I, 1286 del Código Civil y 327, 328 y 326 del Código de Procedimiento Civil