Auto Supremo AS/0059/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0059/2012

Fecha: 21-May-2012

Otro principio importante, es el de convalidación, en virtud del cual toda nulidad se convalida


Otro principio importante, es el de convalidación, en virtud del cual toda nulidad se convalida por el consentimiento si no se observa en tiempo oportuno, operándose la ejecutoriedad del acto. Es decir, que "frente a la necesidad de obtener actos procesales válidos y no nulos, se halla la necesidad de obtener actos procesales firmes, sobre los cuales pueda consolidarse el derecho", como lo afirma el tratadista Eduardo Couture (Fundamentos de Derecho Procesal Civil, pág. 391). Lo que significa, que la parte afectada que no impugna mediante los recursos que la ley le franquea y deja vencer los términos de interposición, sin hacerlo, debe presumirse que la nulidad aunque exista, no le perjudica gravemente y que renuncia a los medios de impugnación, operándose la preclusión de esa etapa procesal y los actos, aún nulos quedan convalidados