En ese sentido, se advierte que el recurrente se limita a efectuar varios cuestionamientos al
En ese sentido, se advierte que el recurrente se limita a efectuar varios cuestionamientos al Auto de Vista impugnado relativos a una supuesta compulsa de prueba que constituiría actividad procesal defectuosa, la falta de exigencia de parte del tribunal de prueba seminal para acreditar la existencia del delito de violación, así como la concurrencia de precedente; empero, pese a sostener la existencia de precedentes contradictorios, que según sostiene hubiesen sido formulados en el recurso de apelación restringida y de enfatizar que acompaña Sentencias Constitucionales (que por cierto no constituyen precedentes conforme ya ha determinado este Tribunal) y Autos Supremos que constituirían base del recurso, no procede a efectuar como le correspondía una comparación de hechos similares; lo que significa, la omisión de una parte importante en la fundamentación del recurso, que de modo alguno puede ser suplida de oficio por este Tribunal
- Por memorial presentado el 23 de marzo de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de fs
- De manera específica denuncia: a
- Agrega que la Sala Penal Segunda no aplicó correctamente el principio de valoración de prueba
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso presente, ssometidos a análisis los antecedentes procesales, se establece que el recurso
- En ese sentido, se advierte que el recurrente se limita a efectuar varios cuestionamientos al
- Es así, que al constatarse que el recurso incumple con los requisitos para su admisión,
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Firmado
