Auto Supremo AS/0125/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0125/2012

Fecha: 10-May-2012

Así también señala que corresponde dejar sin efecto la multa prevista por el D

Así también señala que corresponde dejar sin efecto la multa prevista por el D.S. Nº 28699 y dispuesta por los de instancia, toda vez que los actores no han acompañado prueba que advierta que el Ministerio de Trabajo hubiese aprobado el Reglamento específico que respalda los procedimientos establecidos conforme a su artículo 13, no siendo aplicable además, puesto que son condenados por doble partida ya que se contemplan tanto en el presente proceso como en el de la Federación de Trabajadores