Auto Supremo AS/0133/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2012

Fecha: 11-May-2012

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución

Por lo expuesto, se concluye que al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación en el fondo y en la forma, estas devienen en infundadas, correspondiendo fallar de acuerdo a las previsiones contenidas en los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por permisión del artículo 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el artículo 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 300-302, sin costas por disposición de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 (Ley SAFCO) de 20 de Julio de 1990 y 52 del Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de Julio de 1992