Asimismo, acusó que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia de primera instancia incurrió
Asimismo, acusó que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia de primera instancia incurrió en las mismas contradicciones contenidas en dicha sentencia, porque el a quo al mantener firme y subsistente la Resolución Determinativa Nº 113/2007 de 11 de julio de 2007, realizó una incorrecta interpretación y aplicación de la ley tributaria, al señalar a fs. 1.605 vlta. que la Administración Tributaria acudió ante personas y autoridades a efecto de recibir mayor información sobre el supuesto hecho generador, señalando también en el mismo acápite que no vulneró los alcances de los artículos 92 y siguientes de la Ley Nº 2492, aseveraciones totalmente contradictorias con lo indicado en la propia Resolución Determinativa Nº 113/2007, que manifestó haber determinado los tributos sobre base cierta, no obstante que la forma de determinación fue claramente sobre base presunta, contradicción que además atenta el derecho al debido proceso y a la defensa de su representada y que además configura la causal de casación en el fondo establecida por el inciso 2) del artículo 253 del Código de Procedimiento Civil
- En grado de apelación interpuesta por la parte demandante (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- Por otra parte, el recurso de casación en el fondo fue planteado acusando en función
- Asimismo, acusó que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia de primera instancia incurrió
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case en la forma y el fondo
- CONSIDERANDO II: Que del examen del recurso de casación en la forma y el fondo,
- Debe tenerse en cuenta además que el recurso de casación en la forma tiene por
- De otro lado, en lo concerniente a que el SIN pretende con la Resolución Determinativa
- Con relación a la última acusación en el fondo, que refirió que el Auto de
- Por todo lo expuesto, se concluye que la decisión a la que arribaron los jueces
- A mérito de estas consideraciones, corresponde resolver el recurso de casación en la forma y
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
- Secretario de Cámara de Sala Social y Adm.
