Por memorial presentado el 13 de junio de 2012, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 142/2012-RA
Sucre, 2 de julio de 2012
Expediente : Oruro 19/2012
Parte acusadora : Ministerio Público y Anastacia Quispe Lázaro
Parte imputada : Gualberto Lázaro Felipe
Delitos: Lesión Seguida de Muerte
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de junio de 2012, cursante de fs. 109 a 114, Gualberto Lázaro Felipe, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 14/2012 de 14 de mayo, cursante de fs. 95 a 98, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Anastacia Quispe Lázaro contra el recurrente, por el delito de Lesión Seguida de Muerte, previsto y sancionado por el art. 273 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 142/2012-RA
Sucre, 2 de julio de 2012
Expediente : Oruro 19/2012
Parte acusadora : Ministerio Público y Anastacia Quispe Lázaro
Parte imputada : Gualberto Lázaro Felipe
Delitos: Lesión Seguida de Muerte
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de junio de 2012, cursante de fs. 109 a 114, Gualberto Lázaro Felipe, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 14/2012 de 14 de mayo, cursante de fs. 95 a 98, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Anastacia Quispe Lázaro contra el recurrente, por el delito de Lesión Seguida de Muerte, previsto y sancionado por el art. 273 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 13 de junio de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- I
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Agrega que el Auto de Vista, no ha considerado los antecedentes remitidos por el inferior,
- También sostiene que, la Sentencia invoca como precedente la Sentencia Constitucional 0506/2005-R que no guarda
- recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- de invocar el precedente contradictorio en el momento de interponer el recurso de casación
- El precepto legal contenido en el citado art
- Así, de la revisión del recurso y las denuncias contenidas en el mismo, este Tribunal
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación interpuesto por el recurrente, cumple
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
