SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
Firmado
Presidenta Mag. Maritza Suntura Juaniquina
Magistrado Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
Secretario Sala Cristhian Miranda Dávalos
SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
Presidenta Mag. Maritza Suntura Juaniquina
Magistrado Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
Secretario Sala Cristhian Miranda Dávalos
SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
- Por memorial presentado el 13 de junio de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- I
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Agrega que el Auto de Vista, no ha considerado los antecedentes remitidos por el inferior,
- También sostiene que, la Sentencia invoca como precedente la Sentencia Constitucional 0506/2005-R que no guarda
- recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- de invocar el precedente contradictorio en el momento de interponer el recurso de casación
- El precepto legal contenido en el citado art
- Así, de la revisión del recurso y las denuncias contenidas en el mismo, este Tribunal
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación interpuesto por el recurrente, cumple
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
